En México, aproximadamente, hay 13 mil 500 personas que esperan la donación de órganos vitales como el riñón, hígado y corazón, entre otros; sin embargo, aún existe resistencia de los pobladores para permitir que su familiar, cuando cursa con daño cerebral irreversible, salve por lo menos siete vidas.
Lo anterior se desprende de los datos que maneja el Centro Nacional de Trasplantes (Cenatra), quien además especifica que en el país existen alrededor de 400 centros capacitados para resguardar órganos.
La mayor demanda para la donación de un órgano se encuentra por personas entre los 20 y 40 años. El 20 por ciento son niños menores de 15 años.
Asimismo, el Cenatra señaló que en los últimos tres años han muerto por lo menos 404 personas cuando esperaban un trasplante. Sin embargo, existe un subregistro ya que no todos los pacientes que requieren un órgano han sido inscritos en la lista.
Ante la alta demanda de órganos y la escasa cultura de donación, las personas han recurrido en algunos casos a la compra ilegal, según las ofertas de órganos que se han realizado a través de internet.
CIENTÍFICAMENTE IMPOSIBLE EL TRÁFICO: CENATRA
Es “científicamente imposible” que en México exista tráfico de órganos debido a que para realizar un procedimiento de tal magnitud se requiere de una infraestructura hospitalaria de tercer nivel de atención, especialistas entrenados, varios estudios serológicos que garanticen que ese riñón, corazón o córnea no se va a infectar y generar después rechazo aunque haya compatibilidad entre donador y paciente.
Así lo informó Arturo Dib Kuri, director general del Cenatra, quien explicó en marzo de este año al periódico Milenio que el tráfico de órganos forma parte de las leyendas urbanas que causan pánico entre la sociedad. Y la realidad es que no hay ninguna denuncia penal al respecto ni tampoco evidencia de algún caso veraz sobre este tipo de ilícito en el país.
Sin embargo, en el 2008 organizaciones civiles de Jalisco denunciaron penalmente al jefe de la Unidad de Trasplantes del Hospital Civil de Guadalajara, Luis Carlos Rodríguez Sancho –actualmente investigado por la PGR – como el responsable de reprogramar, a cambio de dinero, a los beneficiarios de alguna donación de órganos.
Dib Kuri sentenció que en México, lamentablemente, se siguen difundiendo falsas historias sobre bebés y niños, de gente joven que sin haber sido previamente valorada, sin conocer su tipo de sangre, cuestiones básicas como si padecen insuficiencia renal crónica, diabetes mellitus, hipertensión, alguna afección e infección, o simplemente si está tomando algún tratamiento, son despojados de sus órganos y tejidos en un hotel u hospital cualquiera.
“Y se llega al absurdo de decir que riñones, corazones y corneas fueron guardados en refrigeradores o hieleras, lo cual, resulta médica y científicamente imposible. Esto sólo genera confusión entre los ciudadanos y desalientan la donación voluntaria de órganos que sí salvan vidas porque se llevan a cabo bajo estrictos protocolos de vigilancia”.
Sin embargo, a pesar de las declaraciones del director del Cenatra, en México a través de páginas de internet se han ofrecido órganos, sobre todo riñón a través de un pago económico.
En el país hay 260 hospitales que realizan trasplantes en México. El IMSS y el ISSSTE en sus centros de alta especialidad realizan trasplantes. El 15 por ciento son privados.
¿QUÉ DICE LA LEY DE SALUD?
Ley General de Salud en su artículo 333 establece que para realizar trasplantes entre vivos, deberán cumplirse los siguientes requisitos respecto del donante:
I. Ser mayor de edad y estar en pleno uso de sus facultades mentales;
II. Donar un órgano o parte de él que al ser extraído su función pueda ser compensada por el organismo del donante de forma adecuada y suficientemente segura;
III. Tener compatibilidad aceptable con el receptor;
IV. Recibir información completa sobre los riesgos de la operación y las consecuencias de la extracción del órgano o tejido, por un médico distinto de los que intervendrán en el trasplante;
V. Haber otorgado su consentimiento en forma expresa, en términos del artículo 322 de esta Ley, y
VI.- Los trasplantes se realizarán, de preferencia, entre personas que tengan parentesco por consanguinidad, civil o de afinidad. Sin embargo, cuando no exista un donador relacionado por algún tipo de parentesco, será posible realizar una donación, siempre y cuando se cumpla con una serie de requisitos.
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