Romualdo García Mejía, proyectista jurídico del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Colima, (STJE), informó que les han otorgado dos amparos ante la omisión del STJE de celebrar exámenes de oposición para acceder al cargo de juez.
El primero de ellos (1663/2011), del Juzgado Primero de Distrito en el Estado, fue promovido en diciembre de 2011 por parte de la Asociación por conducto de su directiva, de la cual Romualdo García es presidente, y el sentido fue solicitarle al juez de distrito que se pronuncie respecto a tres designaciones efectuadas por el STJE en los cargos de juez de ejecución de sanciones, juez civil y mercantil en Manzanillo y juez mixto de primer instancia de Armería, que habían sido hechos de forma discrecional y que no se había celebrado el examen de oposición como marca el artículo 27 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado.
El juicio siguió su curso y fue resuelto en abril de 2011 por parte del juzgado del distrito, concediendo el amparo a la Asociación de Abogados. La sentencia se dictó pero no quedó firme porque fue impugnada tanto por el Pleno del STJE como dos terceros perjudicados que habían sido nombrados jueces.
“Esto dura aproximadamente un año en el Tribunal Colegiado del Trigésimo segundo circuito con sede en Colima, la revisión que promueven estas tres partes en contra de la sentencia y finalmente en mayo de este año resuelve el Tribunal Colegiado en el sentido de confirmar la sentencia de amparo que concede la protección de la justicia federal”.
Se ordena al pleno, entonces, dos cosas: que el STJE deje insubsistente las designaciones y que cubra las vacantes mediante examen de oposición.
“Desde mayo hasta entonces el STJE ha estado tratando de cumplir o tratando de no cumplir, según como se vea, en el sentido de que hasta este momento el Juzgado de Distrito ha seguido requiriéndole porque con todo lo que ha remitido el STJE no ha cumplido la ejecutoria”, explica el abogado.
En un primer término —continuó detallando— como se les concedió el amparo en abril de 2012, el STJE trata de salvar la situación y en octubre del año pasado emite una convocatoria para cubrir la titularidad de sus juzgados, “la cual podemos decirle amañada, diseñada a modo para final de cuentas darle nada más una apariencia de legalidad al procedimiento y el punto más controvertido de esa convocatoria fue que señalaba que en último momento el STJE tomaría la decisión discrecional de a quién designaba juez”.
Lo que intenta el STJE es “zafarse” del amparo, “e informar al Tribunal Colegiado ‘mira ya emití la convocatoria’, pero éste no la toma en cuenta porque precisamente el pleno había impugnado la sentencia, entonces hay una incongruencia porque no está de acuerdo con la sentencia, la recurren pero emites convocatoria, además estaban los recursos promovidos por los terceros perjudicados, de manera que no podía surtir efectos la convocatoria”.
Cuando se resuelve la revisión, el Juzgado de Distrito le dice al Pleno que ya se resolvió en definitiva, quedó firme el amparo y se debe cumplir la sentencia. El STJE cumple con la primera parte, anula las designaciones y las personas que estaban como jueces regresaron a sus anteriores cargos. Pero el segundo punto es lo que ha traído de cabeza al STJE hasta la fecha, porque insiste en que ya emitió la convocatoria y que no emitirá otra. Para ello manda cajas y cajas de documentos para mostrar que hizo las etapas de procedimiento de selección, mandó currículas de todos los que participaron, manda más de 70 anexos de documentos, pero al final el juez de distrito informa que no es válida dicha convocatoria y que sigue sin cumplir y le requiere que lo haga.
Pero el STJE insiste e incluso quiere promover un incidente para aclarar la sentencia porque argumenta que no fue muy clara, evadiendo o buscándole por un lado y por otro, pero el Juzgado de Distrito responde que no hay nada que aclarar y ordena que el STJE emita convocatoria como lo dice el amparo.
En septiembre de este año el STJE sesiona y aprueba algunas bases para emitir la convocatoria y ahora en octubre pasado la emite pero repitiendo los mismos vicios anteriores, pues finalmente se reserva el derecho de discriminar a quién le dará las plazas de juez.
De nueva cuenta el Juzgado de Distrito dice al STJE que la convocatoria no sirve y le repite que debe hacer examen de oposición, pero hasta la fecha la postura de este último es realizar el examen de méritos, que aplica para otras categorías de la carrera Judicial: Consiste en que se abre convocatoria y se les examina a los candidatos para ser secretario actuario o proyectista y se determina qué personas tienen la aptitud para el cargo, “supongamos que aprueban siete y son aptas para tal o cual cargo, ahí sí tiene permitido el Pleno del STJE ponderar a quién designa por diversos factores”.
Sin embargo, en el caso de jueces, y es la única categoría mencionada en la Ley Orgánica del Poder Judicial, se estipula que se debe hacer examen de oposición, de manera que quien obtenga el mejor resultado debe ser designado.
Este es el punto fundamental de la discusión, porque el Pleno se resiste a abandonar la facultad de poner en los puestos a quien desee. Y la convocatoria de octubre iba en ese sentido pero la ley orgánica es muy clara: tratándose de jueces debe de formularse examen de oposición por los propios magistrados del STJE.
Ante todo esto, Romualdo García Mejía denuncia que el presidente del STJE, Rafael García Rincón, “amenaza” con hacer concursar no solo las tres plazas de juez sino incluso las que ocupan los que promovieron el amparo. Además, dice, trató de “llevarse al baile” a otro juzgado que estaba en similar situación pero este caso ocurrió antes de que Romualdo García asumiera la presidencia de la Asociación de Abogados, de manera que decidió que no era prudente promover un amparo por ese juzgado, pero el presidente del STJE, Rafael García, involucró ese asunto con la intención de enemistarlos y echarle en cara a Romualdo García que está afectando a otros juzgados, pero esto no tuvo efecto.
En este asunto, lo que resulta lamentable para Romualdo García Mejía es que el STJE se comporte como un “litigante marrullero”, porque se trata de magistrados que son eminencias del derecho, que en su momento acreditaron el mérito para estar en sus cargos.