* Formas máximas de expresión del poder rectoral en la Universidad de Colima
El artículo 27 de la Legislación Universitaria vigente otorga al Rector la condición de “jefe nato” de la universidad y su representante, permitiéndole entre otras prerrogativas: designar y remover libremente a quienes principalmente son parte de la nomenclatura administrativa universitaria de alta y media dirección (numeral II); promover, ante el Consejo Universitario todas las gestiones que tiendan a la mejor estructuración y funcionamiento de la universidad (numeral X); y el de administrar el patrimonio universitario, y elaborar y ejercer los presupuestos de ingresos y egresos (numeral I). Prerrogativas administrativas de control y orden institucional que en todo caso definen como “jefe nato” con poder de decisión única e incuestionable aunque también con efectos prácticos culturalmente retardatarios institucionalmente
Dos acepciones respecto a esto último: si el Rector o jefe nato siguiendo las reglas del poder puede quitar y poner personal de confianza apegándose a su voluntad e intereses muy propios, el resultado pasado el tiempo es arraigar una cultura de ciega fidelidad institucional entre éstos a manera de vía única de mantener, conservar, desempeñarse e incluso lograr ascender laboralmente. En otro sentido, si se trata de ejercer y administrar los recursos financieros universitarios el resultado deviene en el manejo patrimonialista de los bienes universitarios traducible en los hechos cual “derecho” o prerrogativa rectoral de usar y disponer los dineros universitarios bajo un sello personalísimo y a salvo de cualquier sanción posible. Recuérdese aquel caso cuando, siendo Rector, Carlos Salazar Silva reconoció que en la compra de los terrenos, por cierto propiedad del PRI y hoy Campus Norte universitario, se perdió un millón de pesos derivado del error de haber empezado a construirse en dicho terreno cuando aún no era de la universidad (Avanzada, 27 de julio de 2004) y por cierto sin que ningún universitario – o sea Consejo Universitario- llamara a cuentas a dicho rector por tan personalísimo derroche universitario.
Y es que el “jefe nato” amparado en la legislación universitaria vigente en relación al control y ejercicio presupuestal específicamente posee “manos libres” para ejercerlo sin que el mal denominado Consejo Universitario como “máximo poder” institucional le pueda atar las manos, pues el Art. 10 numeral V sólo le señala: “Conocer y sancionar –sin establecer candados- el plan de arbitrios (sic) y el presupuesto de egresos anuales, que le sean presentados por el Rector, así como los informes anuales del Rector y del Tesorero” (Pág. 16); mientras que los Arts. 14 y 15 refieren a la Comisión de Hacienda y Presupuesto y sus atribuciones -numeral I- como es: “Presentar proyectos de dictamen sobre el plan de arbitrios (sic) y el presupuesto de egresos anuales que sean presentados por el Rector” (pág. 17). Como resultado de ello y bajo el principio de los usos y costumbres los Informes rectorales que son presentados en el mes de diciembre de cada año sólo consisten en protocolos formales de lectura y entrega de lo administrado y hecho en materia de gastos rectorales, sin que en la historia universitaria hasta la fecha exista o se haya realizado una glosa o revisión seria y exhaustiva de que lo informado rectoralmente corresponda a los ejercido y apegado a lo estrictamente deliberado y autorizado mediante acuerdo escrito por el Consejo Universitario.
Si motivo es de preocupante escrutinio que la legislación universitaria vigente –con el Congreso del Estado de Colima como anuente al respecto- otorgue al Rector la condición de “jefe nato”, también lo es valorar que el Consejo Universitario en los hecho no funciona ni sea el máximo poder universitario. Baste señalar que para cualquier universitario que se precie de serlo difícil sea desconocer que la legislación universitaria está diseñada para que el Rector garantice con un altísimo grado de certeza a su sucesor, apoyado y contando desde luego tanto con la participación y voto cautivo de la representación estudiantil cooptada férreamente por la FEC como con el voto directo de los directores y funcionario de la Universidad de Colima, segmentos ambos –estudiantes y directivos- que en conjunto suman más del 50 % de los votos necesarios para la elección del ungido. Del caso del SUTUC y su participación en el seno del Consejo Universitario para la elección del Rector, no hay que olvidar que la historia universitaria registra que este surgió por el interés explicito del aquel entonces Rector Humberto Silva Ochoa, de lo cual deriva y explica que gran parte de la historia del SUTUC (hasta 2004) la representatividad sindical haya operado subordinada y en complicidad a los intereses rectorales sucesivos en turno.
Así, la Universidad de Colima hoy: bajo una legislación que le otorga al Rector la calidad de “jefe de jefes” universitario traducible hoy al manejo de más de mil 500 millones de pesos anuales aproximadamente, y sin la real existencia de un Consejo Universitario con la capacidad de decisión en materia presupuestal, ha devenido en espacio institucional férreamente controlado y administrado por una triple alianza de intereses y complicidades tejidas y encubiertas en torno al propio Rector, la Dirección General de Recursos Humanos o sea Juan José Guerrero Rolon que para el caso es lo mismo y la Tesorería General sin ir más allá.
De esta manera, y como anteriormente lo escribí si en materia del FOSAP entre estos tres personajes claves y distinguidos universitarios deciden bajo su propia voluntad y albedrío montos de jubilación exorbitantes aunque sólo para unos cuantos beneficiarios, también en materia de recontrataciones laborales estos mismos funcionarios toman decisiones valorando propios criterios e intereses propios sin más límite que su poder para hacerlo y por supuesto fuera de cualquier deber ético público para quienes somos la mayoría universitaria.
Así, y más allá de los bien remunerados exrectores jubilados, también aparecen como beneficiarios del FOSAP pero sin los dictámenes respectivos con relación a la anuencia de la representación sindical según se establece tanto en el Reglamento del Comité Técnico como en el Contrato Colectivo vigentes: Ángel Mario Martínez Torres percibiendo $ 33,199.03 quincenales; Dr. Francisco Javier Fierro Velasco, ex director de la Fac. de Medicina, jubilado sin cumplir los 10 años contemplados en el Contrato Colectivo, con percepción de $ 3, 269.51 quincenales. Su mérito mayor haber sido profesor del Rector Carlos Salazar Silva; el Dr. Christian Jorge Torres Ortiz, ex director de la Fac. de Medicina y padre del actual Secretario General de la Universidad de Colima, con una percepción de $ 9,152.80 quincenales; Arquitecto Jorge Augusto Piza Espinoza, con una percepción salarial de $14, 436. 26 quincenales; Salvador Rodríguez Huerta, ex Director del Bachillerato 1 y de la Fac. de Ciencias Químicas con una percepción salarial de $ 19, 484. 75 quincenales; el recién fallecido Ernesto Camacho Quiñones, ex Director del Bachillerato en Manzanillo y ex Delegado, quien hasta finales de 2013 tenía una percepción de $ 22, 106.00 quincenales; Alejandro Rivas Delgado, ex Delegado con una percepción de $ 18, 395.17 quincenales; Eliseo Corona Méndez, ex Director del Patrimonio Universitario, jubilado y profesor por horas, con una percepción de $ 20,173.05 quincenales; y Eduardo Barragán Vázquez, contador y ex funcionario universitario, con una percepción de $ 20,173.04 quincenales. Casi todos ellos beneficiarios del FOSAP siendo Rector Miguel Ángel Aguayo López correspondiendo dichas percepciones al año 2010 solamente.
También, en materia de recontrataciones laborales en los criterios para decidirlas predomina el manejo unilateral de la misma santísima trinidad mencionada pasándose por el “arco del triunfo” la vigencia del Contrato Colectivo de Trabajo Universidad de Colima/SUTUC –Cláusula 93-.
Así, y sin desde luego ser exhaustiva la lista de recontrataciones laborales universitarias, pueden señalarse: al propio Lic. Juan José Guerrero Rolón, jubilado desde año 2007 y -auto recontratado para seguir en el mismo cargo como DGRH y asesor- , con un salario de $ 103,000.00 mensuales –sume lo que cobra vía FOSAP-; el exlíder sindical Gustavo Ceballos Llerenas, jubilado desde 2005, hoy recontratado -como coordinador de Proyectos Especiales (sic) y asesor- devengando un salario de $ 103,000.00 mensuales –sumar lo que cobra del FOSAP- ; José Nande Mercado, jubilado en 2013 y hoy recontratado como asesor, con una percepción de $ 103,000.00 mensuales; Francisco Ignacio Lepe Aguayo, jubilado y recontratado como asesor, con una percepción salarial de $ 30, 383.59 quincenales –sume lo que cobra del FOSAP y también lo que le rentaba de las casas a la Universidad de Colima cuando era Rector Aguayo López -; Guillermo Torres García, ex Srio. particular de Rectoría y ex Director, recontratado –como Contralor y PTC Asociado “c” con una percepción salarial de $70,000.00 mensuales (agréguese lo que cobra del FOSAP); Joaquín Vázquez Agraz, ex Oficial Mayor y ex Director de la Fac. de Arquitectura, recontratado sólo temporalmente con una percepción de $ 18, 015.71 quincenales; José Luis Ramírez Domínguez, del área de Planeación, recontratado como Secretario Técnico de la Universidad de Colima- devengando un salario de $ 24 958.00 quincenales –sume lo que percibe del FOSAP-; Graciano Santoyo Ciprés, contador jubilado y recontratado –como Asesor-con una percepción salarial de $ 22, 497.17 quincenales; María Gpe. Rodríguez Mujica, recontratada por la DGRH con un sueldo de $ 15, 134. 76 quincenales; Jaime René Martínez Torres, recontratado como profesor por horas con un sueldo de $ 7, 255.31 quincenales; María Guadalupe Moreno Peña, jubilada y recontratada sin especificar categoría con una percepción salarial de $ 10,000.00 pesos; José Luis Barbosa Hernández –hermano de Gregorio Barbosa- profesor de deportes y Subdirector del Polideportivo de Tecoman con un salario de $ 14,000.00 pesos mensuales; Abel González Diego –ex Director de Conalep-, y recontratado como encargado de la Comisión Mixta de Seguridad e Higiene con una percepción salarial de $9,038.73 quincenales;
Sin embargo, considerando beneficiarios tanto del FOSAP como por recontrataciones laborales, algunos universitarios son más iguales que otros por lo montos y beneficios económicos que perciben, es decir la real elite universitaria o si Ud. prefiere los mas chipocludos: Guerrero Rolón, Ceballos Llerenas, Cedillo Nakay, Silva Ochoa, Moreno Peña, Aguayo López, Salazar Silva, caracterizándose éstos desde luego por pregonar y apelar a la “UNIDAD” universitaria y a ponerse la camiseta. Otros más son cercanos a las figuras rectoral en calidad de colaboradores cercanos, familiares o simplemente por haber sido leales o fungido como jefes universitarios. También están aquellos como el caso del contador Guillermo Torres García que curiosamente en calidad de integrante de la Asociación Civil de Jubilados y Pensionados de la Universidad de Colima pomposamente declaró que “la actual situación del FOSAP es correcta” (El Comentario, 24 de junio de 2013)
Aunque sea aceptable que institucionalmente sea presentable la circunstancia de recontratar personal para ciertas áreas laborales, esta figura debe desaparecer y sus recursos canalizarse para fortalecer al FOSAP y áreas académicas que lo requieran. La alternativa entonces es que la autoridad universitaria para mantener personal indispensable debe cumplir con lo establecido en el Contrato Colectivo de Trabajo Cláusula 93 que en su apartado II señala “…que habiendo cumplido 28 años efectivos de servicio a la U de C., y que decidan continuar laborando en la misma…podrán recibir un incremento adicional de un 5 % sobre su salario base mensual por cada año más de trabajo, hasta alcanzar un 35 %…si llegasen a cumplir 35 años o más” (pág. 23).
“Esta prestación sólo podrá otorgarse a los trabajadores de la U de C y el SUTUC juzgue necesario y conveniente” (Ibíd. 23).
De otra manera la recontratación laboral encubre la muy cuestionable y discrecional manera de manejar los recursos universitarios y que siendo escrupulosos demuestra la infamia en que se sustenta hoy la condición esencial de jefe nato sustentado en la legislación universitaria.
Es decir, lo que hoy priva en la Universidad de Colima es el dominio de unos cuantos medrando los recursos públicos bajo el cobijo amoroso de un jefe nato en turno, aunque de cara al público discursivamente adopte la fachada de un “gobierno democrático” y de “responsabilidad social”.
Como profesor universitario y en forma contrastante convencido estoy que la legitimidad universitaria se da cuando los elegidos son los mejores, los más sabios, los más expertos en la vida universitaria y cuando en los procedimientos de su elección participan los mejores en la vida interna de las instituciones.
Lo que percibo y valoro entonces es una Universidad de Colima que vive un letargo en materia de gobierno universitario sustentado en una legislación universitaria obsoleta en la medida que posibilita que su jefe nato use y administre recursos públicos en materia del FOSAP y de recontrataciones laborales sin el mínimo apego y observancia a la reglamentación establecida exprofeso, y en última instancia obviando una ética pública del deber ser universitario.